En el ámbito judicial, la precisión y la veracidad de la información son muy importantes…
El Juzgado de lo Social nº 33 de Barcelona consideró nulo un despido alegando que era discriminatorio, ya que el trabajador se encontraba en un momento incapacidad temporal. Es la primera vez que se toma una decisión de estas características.
El trabajador estando de baja médica debido a un accidente laboral fue despedido dos meses después de lo ocurrido cuando aún seguía de baja. El juzgado de Barcelona debía comprobar si la incapacidad temporal era de carácter duradero, ya que así podía considerarse una discapacidad a la hora de anular el despido por discriminación. El juzgado finalmente ha dictado sentencia a favor del trabajador ya que ha declarado despido nulo.
El Juzgado de lo Social nº 33 de Barcelona, suspendió el procedimiento y planteó al juez, si la decisión empresarial de despedir a un trabajador, por el solo hecho de estar en situación de incapacidad temporal, era discriminatorio y si despedir a un trabajador con este tipo de incapacidad era asimilable a despedirlo teniendo una discapacidad, lo que siempre se considera discriminatorio. El tribunal europeo no dio una respuesta definitiva, dejando en manos del tribunal de Barcelona la decisión, siendo este juzgado el que ha fallado a favor del trabajador.
Hasta este fallo, se permitía que se rescindieran contratos basándose en una enfermedad o incapacidad si esta era temporal, sin que eso se considerara discriminación, por lo que la decisión no era anulada por los tribunales.
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