La incapacidad médica es el estado de inhabilidad física o mental, con carácter temporal o definitivo que puede presentar un usuario y que impide desarrollar su rutina diaria de manera normal.
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Tipos de Incapacidad Médica
Existen dos tipos de incapacidades médicas en función de su origen: general y laboral. Las incapacidades de origen general son todas aquellas enfermedades, patologías y fallecimientos que se producen fuera de las labores y lugar de trabajo. En cambio, las de origen laboral, son todas aquellas que ocurren cuando el usuario se encuentra trabajando.
Determinar los tiempos de incapacidad
El médico profesional se encargará de evaluar exhaustivamente el estado de salud del paciente y las actividades diarias que desarrolla. Después, identificará los tiempos promedios ajustados con los antecedentes clínicos, las actividades que normalmente hace y el avance de las dolencias. En casos complejos, un perito médico puede ser necesario para determinar la magnitud de la incapacidad y el tiempo estimado de recuperación.
¿Cómo se clasifican las incapacidades laborales?
Una incapacidad laboral se corresponde cuando se sufre una enfermedad o accidente que reduzca su capacidad para desempeñar su trabajo y vida diaria. Dentro de las incapacidades laborales, se encuentran:
La incapacidad permanente se produce cuando la persona ve reducida o incluso anulada su capacidad laboral de forma definitiva a causa de un accidente o enfermedad. Dentro de este tipo, hay diferentes grados:
- Absoluta: inhabilita al trabajador para cualquier profesional.
- Absoluta para profesión habitual: inhabilita al trabajador en esa profesión
- Parcial en la profesión habitual: una disminución no inferior al 33% del rendimiento de la profesión a desarrollar.
- Gran invalidez: se necesita la asistencia de terceras personas para rutina diaria.
La incapacidad temporal imposibilita de forma eventual o temporal al trabajador a causa de accidente o enfermedad y precisa de la asistencia de la Seguridad Social.
Las lesiones permanentes no invalidantes suponen todo tipo de lesiones o enfermedades causadas por el trabajo que no constituyen una incapacidad permanente, pero disminuyen la integridad física de la persona.
¿Cómo se obtienen las prestaciones a personas afectadas por incapacidad laboral?
En el caso de una incapacidad permanente, la falta de ingresos por no poder trabajar se cubre mediante el reconocimiento de una pensión contributiva que puede iniciarse por oficio por la Administración, a través de entidades colaboradoras o presentando la solicitud de manera personal.
Si la persona sufre una incapacidad temporal, la falta de ingresos se cubre mediante subsidio diario si el trabajador no puede trabajar y requiere de asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
En el caso de una lesión permanente no invalidante, la ley prevé el pago de una indemnización de una vez o a tanto alzado.
La pensión por incapacidad permanente sí es compatible con cobrar un salario de una empresa, distinta o no de la cual se produjo la incapacidad, o en la propia Administración, siempre y cuando el trabajador pueda prestar una actividad laboral compatible con su estado e incapacidades.
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