Tabla de contenidos Un préstamo entre familiares es el mero hecho de prestarse dinero entre miembros de la familia. Puede ser de padres a hijos, de hermano a hermano, como sea, pero entre familia. Para redactar el documento del préstamo entre familiares, se ha de redactar un documento, un contrato, en el que se han de introducir los siguientes datos: Especificación del método de devolución y de las cantidades fijadas. Para la realización de dicho documento, se puede acudir a un abogado especialista en el tema o también podemos realizarlo nosotros mismos, siguiendo siempre un modelo y pautas de redacción para no cometer errores que podrían, en algún aspecto, retrasar la firma de dicho documento. Una vez el documento está correctamente redactado y firmado, se ha de acudir a Hacienda y rellenar el modelo de formulario 600. El modelo 600, consta de tres páginas y se ha de presentar siguiendo una serie de características: Se ha de presentar dentro del plazo de un mes desde el momento de la realización del contrato del préstamo y en dicho documento ha de constar la fecha exacta de la realización de dicho contrato. Se ha de realizar una descripción exacta de la operación que se está realizando y que van a ser declaradas; en este caso, se ha de especificar que es un préstamo y la cantidad, las cantidades y todos los datos que consideremos importantes. El préstamo entre familiares se ha de registrar en la oficina liquidadora, que es la oficina que se dedica a la recaudación de dichos impuestos, entre otras funciones. Esto significa que no se devengarán interés del mismo préstamo. Pero, para efectos legales, hay que demostrar que realmente es un préstamo y esto se puede realizar siguiendo los siguientes pasos: Realización de la documentación del préstamo ante un notario público o a través de la realización de un documento realizado por las ambas partes, sin la colaboración de un notario y a su vez, ahorrándose el coste de este y siguiendo los pasos de donde se han de indicar todos los datos correspondientes a dicha acción, tales como cantidad, fecha, motivo del préstamo, etc. Existen varias garantías que podemos emplear y especificar en cláusulas a la hora de la realización del contrato de préstamo, para evitar problemas a futuro y tener la certeza de que recibiremos el dinero que estamos prestando. A continuación, vamos a ver qué tipos de garantías tenemos: La forma más conocida y usada en cualquier préstamo, incluso en los procedentes de entidades bancarias, son los avales. Hay dos tipos de avales: Al momento de la firma del contrato, se adhiere a dicho contrato una letra, como un aval bancario, o nuestra casa, por ejemplo, como prueba y compromiso de que pagaremos. Ya que, si no se cumple lo pactado en el contrato, se puede perder lo que estés adhiriendo al contrato. Este tipo de aval es una persona que firma y sirve como garantía para el beneficiario del préstamo y que se compromete, a que, si el beneficiario no paga, pagará él. Este es un tipo de aval un poco riesgoso, ya se según quien nos avale, si no estamos seguros de que podremos pagar, es mejor no comprometer a nadie. Ya que podría tener problemas por no poder pagar a tiempo nosotros alguna cuota. Le recomendamos que rellene el formulario de contacto, un Consultor Pericial le llamará personalmente para facilitarle la información que precise y resolver sus dudas sin ningún tipo de compromiso:¿Qué es?
¿Cómo redactar el préstamo entre familiares en un documento?
¿Cómo es el modelo de formulario 600?
¿Dónde registrar dicho préstamo?
¿Qué significa que dicho préstamo sea interés cero?
Cómo disponer de una garantía que la parte que presenta el dinero, tenga la seguridad para la devolución de dicho préstamo.
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